Fianzas y devoluciones

Destino de la habitación

La habitación arrendada se destinará exclusivamente al uso por la propia arrendataria sin que se  pueda compartir la habitación con otras personas salvo visitas.

El inquilino se someterá a las normas de uso y reglamento de Comunidad que rigen en los inmuebles y en cualquier caso a las de buena vecindad.

Queda expresamente prohibido introducir en el piso animales, aunque éstos fueran domésticos.

El inquilino se compromete a mantener, en todo momento, una buena convivencia con las demás personas hospedadas en el piso.  El incumplimiento de dicho compromiso será causa de resolución del contrato.

Está prohibido destinar la habitación a cualquier otro uso que no sea el especificado.

El inquilino se compromete a no introducir en el piso  materias tóxicas ni inflamables, ni mecanismos peligrosos para el inmueble, respondiendo en todo caso de los perjuicios que se produjeran por incumplimiento.

Gastos generales, suministros e impuestos. ​

Serán de cuenta de la propiedad los gastos derivados del consumo de los distintos suministros del piso, en el que está situada la habitación arrendada tales como agua, luz gas, electricidad, conexión a internet y otros.  Todos estos gastos están ya incluidos en la renta, así como impuestos, tasas y arbitrios que graven el piso en el que está situada la habitación arrendada, así como el Impuesto de Bienes Inmuebles.

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